El Tribunal de Casación Penal bonaerense ratificó las penas para una red de abogados y colaboradores que estafaban a compañías de seguros mediante reclamos falsos y accidentes fraguados en la zona sur del Gran Buenos Aires.

La Justicia bonaerense dio un paso clave al confirmar las sentencias contra una organización dedicada a la industria del fraude. Los jueces Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello, integrantes del Tribunal de Casación, rechazaron los recursos de las defensas y ratificaron las penas dictadas en agosto de 2025. De esta forma se confirmó la condena aplicada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 8 de Lomas de Zamora.

La resolución confirma la existencia de una estructura delictiva con roles organizados y permanentes. Entre los condenados se encuentran Alfredo Daniel Truglio, Carlos Pellicori, Carla Pellicori, Pedro Pellicori, Alejandro Gabriel Cheves, Mauricio Ariel Ledesma, Gustavo Martín Viceconte y Fabián Esteban Contino.

La mayoría de los imputados recibió una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación especial para ejercer la abogacía. En el caso de Alfredo Daniel Truglio, señalado como jefe de la asociación ilícita, la condena ascendió a cinco años y tres meses de prisión.

El fallo ratificó la investigación llevada adelante por el entonces fiscal de Lomas de Zamora Sebastián Scalera, la cual determinó que los implicados utilizaban estudios jurídicos como «base de operaciones» para pergeñar reclamos por siniestros viales inexistentes. Según el juez Natiello, detrás de la fachada profesional se escondía un mecanismo para el enriquecimiento ilícito «a costas de las prestadoras de seguros».

El esquema típico consistía en organizar un accidente ficticio, designar víctimas y testigos, y avanzar con el reclamo en sede civil o mediación. En algunos casos, los abogados pagaban anticipos a quienes se prestaban para la maniobra.

El rechazo a los planteos de la defensa


Los defensores habían argumentado que no existía una «asociación ilícita», sino vínculos laborales ocasionales o «cuentapropismo» entre abogados y reclutadores. Sin embargo, Casación desestimó esta postura al considerar probada la «solidaridad activa» y la permanencia en el tiempo de las maniobras.

Incluso en los casos donde no se acreditó una reunión formal de planificación, el tribunal sostuvo que la acción coordinada y el reparto de ganancias son evidencias suficientes de una comunidad estructurada para delinquir.

Finalmente, el fallo subrayó el carácter «industrial» de la red, que operaba en toda la región sur del conurbano, con demandas que en algunos casos individuales alcanzaban los $2.326.800.

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