El Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 de Quilmes, a cargo de la jueza Vivian Cintia Díaz, emitió un fallo definitivo en el que condenó a los hermanos Pablo Sebastián y Matías Ezequiel Palacios, así como a la aseguradora La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, a indemnizar a familiares de Daniela Ayelén Méndez, la joven de 18 años que fue atropellada y arrastrada hasta la muerte en septiembre de 2018.

El trágico suceso ocurrió durante la madrugada del 29 de septiembre de 2018, alrededor de las 05:00 horas, en la Avenida Senzabello al 1440 de Florencio Varela, frente al salón de eventos “FM”. Daniela Ayelén Méndez acababa de salir del recinto y cruzaba la arteria cuando fue embestida por un automóvil Chevrolet Astra.

A raíz del impacto, el conductor del vehículo, Pablo Sebastián Palacios, continuó la marcha y arrastró a la joven a lo largo de 50 metros hasta la calle Ameghino, para luego darse a la fuga sin asistirla. Pese a ser trasladada de urgencia en una ambulancia hacia el Hospital Zonal General de Agudos “Mi Pueblo”, la víctima ingresó sin vida debido a las severas lesiones sufridas.

En el fuero penal, Palacios fue condenado por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires a tres años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación especial para conducir, bajo la carátula de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, la fuga y la omisión de socorro. 

El fallo civil y la cobertura del seguro

 

 

Tras la acción promovida por los padres de la joven la magistrada estableció la responsabilidad concurrente de Pablo Sebastián Palacios (conductor) y de su hermano Matías Ezequiel Palacios (titular registral del rodado).

Durante el proceso, la empresa aseguradora La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada pretendió desentenderse del caso alegando la falta de pago de la póliza al momento del accidente. Sin embargo, la pericia contable realizada durante el juicio demostró que el contrato de seguro se encontraba plenamente vigente, por lo que la jueza rechazó la excepción impuesta y extendió la condena a la firma.

  Los demandados y la aseguradora disponen de un plazo de diez días desde que el fallo quede firme para hacer efectivo el pago de la condena.

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