Una prepaga deberá reintegrar los gastos que una familia de Neuquén afrontó para atender a su hijo de 15 años, luego de no responder a los pedidos de cobertura de una cirugía que el adolescente necesitaba con urgencia. Así lo resolvió el Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 2 de la IV Circunscripción Judicial.
El paciente tiene una patología en la pierna derecha desde temprana edad y necesitaba una intervención en el tobillo y el tendón tibial posterior. La operación no podía postergarse porque aún tenía los cartílagos de crecimiento activos.

Sus padres solicitaron la autorización a través de la plataforma de la empresa y también enviaron una carta documento, pero no recibieron respuesta. Durante el juicio, la compañía argumentó que el joven pretendía atenderse con un profesional que no pertenecía a su cartilla.
El juez Santiago Montórfano consideró que la prepaga no logró justificar el incumplimiento y señaló que tampoco presentó la documentación que le había requerido el tribunal. Además, remarcó que el adolescente cuenta con una protección legal especial por ser menor de edad, usuario de un servicio de salud y tener certificado de discapacidad. La sentencia ordenó devolver esos importes con intereses y cubrir otros gastos relacionados que puedan acreditarse.
El magistrado también recordó que la normativa vigente establece la obligación de garantizar una atención integral y una cobertura del 100% de las necesidades de las personas con discapacidad.