En el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires se publicó en el día de ayer la ley Nº 15.315 que modificó el límite a las reelecciones de intendentes/as, concejales/as, consejeros/as escolares y legisladores/as.
Así, se establece que los mandatos que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la reelección. En el caso de los mandatos iniciados en 2021, “se computará como primer período sólo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior.” La ley había sido aprobada ambas cámaras el pasado 28 de diciembre.
Con ello se habilita a los funcionarios/as electos/as en dichos años a reelegirse, por un mandato más, tal como lo indican las respectivas leyes.