El Ministerio de Justicia presentó el Protocolo de Actuación ante Casos de Violencia de Género, que prevé un procedimiento de emergencia y evaluación de riesgo ante casos de violencia de género sufridos por mujeres con arresto domiciliario bajo vigilancia electrónica.
El protocolo establece procedimientos de atención ante llamadas telefónicas ingresadas al Centro de Monitoreo Electrónico, así como procedimientos de intervención del equipo psicosocial para la protección y acompañamiento de las víctimas.
Dada la grave problemática de violencia que padecen las mujeres y la necesidad de brindar una respuesta institucional, la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica (DAPBVE) y el Área de Género de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios y Relaciones con el Poder Judicial y la Comunidad Académica elaboró este Protocolo, en el marco de la Ley 26.485.
“Los datos de la Oficina de Violencia de Género y de la Corte hablan por sí solos: las mujeres sufren violencia en contextos de encierro y en libertad. Tenemos que pensar las dimensiones de esta problemática y hacer que el Estado llegue a tiempo para brindar ayuda”, señaló la secretaria de Justicia, María Fernanda Rodríguez.
Se evaluará como situación de emergencia aquella en la que exista peligro inminente para la vida o la integridad física de la mujer y/o de las personas bajo su cuidado, cuando se denuncien lesiones que requieran atención médica inmediata, situaciones de violencia física y/o sexual o violación de medidas de protección.
Ante una emergencia los operadores del Centro de Monitoreo Electrónico dan intervención al 911 y/o al Programa de Atención a Víctimas de Violencia Familiar – Línea 137, de acuerdo a la jurisdicción pertinente, y procuran garantizar la vida y la integridad física de quien realiza el llamado de auxilio.
Juan Bautista Mahiques, subsecretario de Asuntos Penitenciarios y Relaciones con el Poder Judicial y la Comunidad Académica, destacó que la DAPBVE “se propone posicionar el arresto domiciliario como una alternativa cierta a la prisión ya que ofrece una doble garantía: supervisión mediante monitoreo electrónico y abordaje psicosocial mediante la promoción de lazos sociales saludables que faciliten la reinserción social desde una perspectiva de género y derechos humanos”.
Fuente: jus.gov.ar