A través de la disposición N° 11, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, por medio de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, aprobaron la actualización del monto de las multas.
El artículo 1 de la normativa ordenó “establecer, al solo efecto de la determinación del valor de las multas, a partir del día 1° de Marzo del año 2022, y para el bimestre comprendido entre los meses de Marzo y Abril del mismo año, el valor de 1 (una) UF (unidad fija) en la suma de pesos ciento veintitrés con cuarenta centavos ($ 123,40.-), según lo informado oportunamente por el Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata”.
Asimismo, se estableció “publicar el valor establecido en el artículo precedente, en la página web (https://infraccionesba.gba.gob.ar/) que administra la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial”.
También se recordó que “cada sanción se encuentra expresada en ‘UF’s’ (unidades fijas equivalentes a 1 (un) litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata) y en el referido Anexo se determina además el rango mínimo y máximo de UF’s a aplicar a cada infracción. Bimestralmente la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial publicará en su página Web el valor vigente de cada UF”.