La jueza Ana Virginia Mendos del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N°5 de Neuquén le ordenó a la Universidad Católica de Salta (UCASAL) la entrega de un título de licenciatura en Psicología a la madre de una estudiante que falleció días después de haber entregado la tesis.
Mónica Graciela Martens, la madre de la alumna peticionó ante la justicia la entrega del título post mortem de su hija. La joven Agustina Silva Martens falleció en noviembre de 2018 a raíz de la enfermedad degenerativa que padecía, conocida como Síndrome de Alstrom.
A pesar de las limitaciones que presentaba en su vista y movilidad, la joven estudiante había rendido y aprobado la totalidad de las materias de la carrera de grado llegando a presentar la tesis que pone fin a la mencionada licenciatura. La actora explicó que Agustina llevo a cabo un ‘’denodado esfuerzo por obtener su título, teniendo en consideración su estado de salud’’, ya que ‘’el síndrome de Alstrom es implacable, la obtención de su título se circunscribía a una satisfacción personal, una realización, un cierre de su vida, dado su progresivo deterioro físico que tornaba ilusorio el ejercicio profesional’’.
Ante el requerimiento de la madre, la prestigiosa universidad privada solicitó el rechazo de la demanda, aduciendo que la joven ‘’no defendió su tesis, por lo que no finalizó el plan de estudios correspondiente a la carrera de Licenciatura en psicología y, por tanto, no egresó’’
Por su parte, la jueza Ana Virginia Mendos hizo lugar a la demanda advirtiendo que si bien la UCASAL no tiene reglamentado el otorgamiento de títulos post mortem para situaciones en las que no se cumplió íntegramente con el plan de estudios, existen Universidades en nuestro país que lo han previsto, como por ejemplo la Universidad Católica de La Plata.
Además, la magistrada hizo eco de lo manifestado por la Universidad y reconoció el esfuerzo académico de dicha estudiante, manifestando que ‘’ostentaba una virtud de voluntad que es deseable inculcar a los alumnos de esa y todas las universidades’’.
Por último, aclaró que ‘’La pretensión de la actora no significa desnaturalizar la finalidad prevista para el título de grado, como ha dicho la demandada’’ y que en este caso, el título ‘’no se traduce en una habilitación para el ejercicio de la profesión, sino que se otorga a modo de homenaje o reconocimiento por los méritos del alumno’’.