La Cámara de Senadores bonaerense otorgó media sanción al proyecto de ley de Alcohol Cero presentado por el gobernador Axel Kicillof e impulsado por el ministro de Transporte de la provincia de Buenos Aires, Jorge D’Onofrio, paa erradicar el mínimo de alcohol permitido en sangre a la hora de conducir. La medida contó con el acompañamiento de todos los senadores.
El proyecto fue una tarea de consenso lograda por las comisiones de Prevención de las Adicciones, Legislación General; y la de Tránsito, cuya presidente, Lorena Petrovich (JxC), solicitó en su discurso que Diputados “Lo trate con urgencia y nos permita tener la ley”.
La iniciativa prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito y crea tolerancia cero al volante en vehículos motorizados. De esa manera, elimina el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre.
“Es un gran avance para la Provincia, es muy importante que podamos implementar esta nueva ley, que será un paso fundamental para emprender el cambio cultural que pretendemos en la provincia en materia de seguridad vial”, subrayó el ministro D’Onofrio. Y agregó: “Desde que se creó el Ministerio nuestro objetivo principal fue el de bajar la cantidad de fallecidos en siniestros viales y junto con el gobernador Axel Kicillof creemos que le Ley de Alcohol Cero es un gran paso en ese sentido”.
Las sanciones contemplan la retención del vehículo hasta tanto las mediciones indiquen el cese de la presencia de alcohol, aunque en ningun caso podrá superar las 12 horas. También, la inhabilitación para conducir por plazos que varían según la gravedad del alcohol hallado entre los 90 días y el año y medio; además de la multa respectiva. Si se eligiera realizar una “probation” y esta fuera incumplida, la multa se duplicará.
Según explicó la presidente de la comisión de Transporte, Lorena Petrovich “Legislar es educar y educar es concientizar. Esta ley apunta a generar una cultura de cuidado por la vida”. En ese marco, la ley prevé que “Durante el primer año de vigencia de la presente ley, aquella persona humana que en su primera infracción conduzca con una tasa de alcohol en sangre de hasta cuatrocientos noventa y nueve (499) miligramos por litro de sangre, será sancionada únicamente con la concurrencia/asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública conforme establezca la reglamentación.”
La norma contempla la creación de un fondo “con el objeto de dotar a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires de una fuente de financiamiento genuina que garantice el efectivo cumplimiento de la presente ley y el eventual juzgamiento de las infracciones. Este Fondo será administrado por el Poder Ejecutivo provincial.”
En su discurso y tras agradecer la presencia en la Cámara de Viviam Perrone y Madres del Dolor, de quienes dijo “Fueron los verdaderos motores de este debate”, la senadora Petrovich aseguró que “estamos ante un día histórico, dando el puntapié de una tarea que nos permitirá nada menos que contar menos muerte”.