La Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena contra una empresa titular de una cafetería porteña por las lesiones que sufrió una clienta al ser impactada por una sombrilla que se desprendió durante una ráfaga de viento mientras se encontraba sentada en la vereda del local.
El hecho ocurrió cuando la actora se hallaba en una de las mesas exteriores del establecimiento, momento en el cual una sombrilla cercana, mal asegurada, fue desplazada por el viento y la golpeó, provocándole lesiones. En primera instancia, el tribunal consideró acreditado el hecho y encuadró la situación dentro de la responsabilidad por el “riesgo o vicio de la cosa” prevista en el Código Civil y Comercial, condenando al local a indemnizar a la víctima.

La demandada apeló la decisión alegando falta de prueba suficiente sobre lo ocurrido. Sin embargo, la Cámara rechazó este argumento al considerar que existían elementos probatorios contundentes. Entre ellos, se destacó el testimonio de una inspectora policial que intervino inmediatamente después del hecho, quien constató la presencia de la víctima en el lugar y recogió su relato, coincidente con lo expuesto en la demanda.
Asimismo, el gerente del local reconoció la situación al señalar que debieron retirar las sombrillas, mesas y sillas tras el incidente para evitar mayores daños. También una encargada del establecimiento confirmó haber presenciado lo sucedido. Estas pruebas, junto con otros elementos valorados, llevaron al tribunal a concluir que el accidente efectivamente ocurrió en las condiciones denunciadas.
Los jueces entendieron que la sombrilla constituía una “cosa inerte” que presentaba un vicio por falta de adecuada sujeción. En ese marco, consideraron que la combinación de la ráfaga de viento y la deficiente instalación del objeto resultaron causas suficientes para generar el daño. Además, remarcaron que la empresa demandada no logró acreditar ninguna de las eximentes de responsabilidad previstas por la ley.
El fallo refuerza el deber de seguridad que recae sobre los comercios, especialmente cuando utilizan el espacio público para su actividad. La correcta instalación y mantenimiento de elementos como sombrillas no es un detalle menor ya que su omisión puede generar responsabilidad civil y obligar a reparar los daños ocasionados a los consumidores.
