La sala III de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata revocó un fallo de primera instancia y en una decisión que promete sentar precedentes resolvió admitir como prueba las capturas de pantalla de chats de Whatsapp en un proceso de familia.
Las capturas habían sido aportadas por una mujer para probar incumplimiento al régimen de contacto paterno filial pero en primera instancia habían sido rechazadas como prueba. Como se trataba de un elemento fundamental, la defensa apeló la medida y en Cámara de Apelaciones se revocó la sentencia. Se trata de un caso inédito que puede sentar jurisprudencia.
La medida fue tomada por los jueces Andrés Soto y Laura Larumbe de la Sala 3 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N°2 de La Plata. El fallo fue celebrado por la ONG “Las Mirabal” que defiende a la denunciante. “Se hizo justicia, sentamos jurisprudencia”, destacaron.
En el fallo, los jueces aseguran que en los casos de familia se puede “sortear la rigidez propia de los sistemas jurídicos en camino a la verdad y la satisfacción más plena de derechos” y que se debe “proceder con criterio amplio y exigible para admitir las pruebas”.
“Se tiene en cuenta, como consecuencia previsible de las relaciones que se despliegan en el ámbito familiar, un espacio íntimo, que los hechos invocados pueden resultar de difícil acreditación”, agrega la sentencia.
“Siguiendo con los lineamientos indicados, y ante el aporte efectuado al inicio por la parte actora, se modifica la decisión recurrida y se admite la documental acompañada que resulta copia de pantallas de mensajes”, concluye.