La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan de facilidades de pago para que pequeños contribuyentes, monotributistas, micro, pequeñas y medianas empresas y entidades sin fines de lucro puedan regularizar sus deudas fiscales. El régimen permitirá cancelar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026 en hasta 18 cuotas, según lo establece la Resolución General 5875 publicada en el Boletín Oficial.
La adhesión al plan estará habilitada desde el 15 de julio y hasta el 30 de octubre de 2026. El beneficio alcanza deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, además de multas e intereses, aunque no contempla reducción de intereses ni condonación de sanciones.

Cómo será el plan de pagos de ARCA
Para monotributistas, pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, el nuevo esquema permitirá financiar ciertas deudas en hasta 18 cuotas. Se exigirá un anticipo equivalente al 5% de la deuda consolidada y una tasa de financiación del 2,75% mensual.
Las medianas empresas de tramo 1 y 2 podrán acceder a planes de hasta 15 cuotas para obligaciones generales y de hasta siete para retenciones y percepciones, con un pago inicial del 10% del monto adeudado.
Cómo adherirse al beneficio
El trámite deberá realizarse exclusivamente a través del servicio “Mis Facilidades”, disponible en el sitio oficial de ARCA con clave fiscal. Allí los contribuyentes deberán seleccionar la opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30/06/2026”, consolidar la deuda, abonar el pago a cuenta correspondiente y confirmar la presentación del plan.
El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, sostuvo que la iniciativa representa una herramienta para que pequeños contribuyentes y pymes puedan regularizar su situación fiscal y evitar procesos de ejecución o embargos. No obstante, advirtió que el anticipo exigido, la cantidad de cuotas y la tasa de financiación podrían dificultar el acceso para algunos contribuyentes.
Quiénes quedan excluidos y cuándo caduca
El régimen no podrá ser utilizado por personas con condena firme por delitos tributarios. Asimismo, el plan perderá vigencia si el contribuyente deja de pagar dos cuotas consecutivas o alternadas, situación que habilitará a ARCA a reclamar el saldo pendiente mediante las acciones legales correspondientes.
