El Tribunal Oral N° 2 de Quilmes, a cargo del juez Félix Roumieu, condenó a Juan Carlos Alfredo Ávila Pérez, Elijio Batallano Moreno, Damián Choque Díaz y David Orlando Limachi Flores a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y costas del proceso por el robo de madera nativa en la reserva ecológica del Parque Provincial Pereyra Iraola, en el partido de Berazategui. Asimismo deberán realizar tareas de limpieza y resembrado bajo las directivas del Director del parque durante una jornada de 8 horas.
El fallo se resolvió mediante un acuerdo de juicio abreviado acordado entre la Fiscalía General (representada por el fiscal Sebastián Videla) y la defensa técnica de los imputados.
El hecho juzgado
Según dio por acreditado la Justicia, el episodio ocurrió la noche del 23 de mayo de 2026, cerca de las 22:15.
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Ingreso furtivo: Los cuatro imputados irrumpieron en la reserva ecológica Santa Rosa del Parque Pereyra Iraola tras romper el cerco perimetral de alambre.
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Sustracción de madera: Una vez adentro, cortaron y se apoderaron de aproximadamente 1.000 ramas de Ligustrum Lucidum (de unos 4 metros de largo cada una), propiedad del Estado de la Provincia de Buenos Aires.
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Fuga: Cargaron el botín forestal en una camioneta Toyota Hilux (dominio LEZ 522) y se retiraron del predio.
Calificación legal y agravantes
Los acusados fueron hallados autores penalmente responsables del delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda (artículo 167 inc. 2 del Código Penal).
Para graduar la pena, el tribunal computó:
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Atenuantes: La falta de antecedentes penales previos (calidad de primarios) de todos los implicados.
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Agravantes: La nocturnidad, el uso de un vehículo automotor para perpetrar la huida y la especial entidad del daño ambiental provocado al Parque Provincial.
Obligación de resembrar el parque y reglas de conducta
Debido a que la pena es de ejecución condicional, los cuatro condenados evitarán la prisión efectiva, pero deberán cumplir estrictas pautas de conducta por el término de tres años:
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Reparación ambiental: Deberán realizar tareas de limpieza y resembrado bajo las directivas del Director del Parque Pereyra Iraola durante una jornada de 8 horas.
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Prohibición de acceso: Se les prohíbe el ingreso al Parque Provincial Pereyra Iraola (siendo la única excepción la jornada fijada para la reparación del daño).
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Control judicial: Deberán someterse al control mensual del Patronato de Liberados, fijar domicilio y no salir del país sin autorización judicial.
Además, el juez dispuso el decomiso de los cinco machetes secuestrados durante el procedimiento, los cuales fueron entregados a favor de la Dirección de Guardaparques del Parque Pereyra Iraola.