El Tribunal Oral Criminal N° 3 dio a conocer ayer los fundamentos de la condena a prisión perpetua para Darío Dening en el marco del caso por el robo al departamento, la desaparición y el homicidio del abogado quilmeño, Salvador Altamura. Hubo unanimidad por la condena en cuanto al delito en contra de la propiedad del empresario al tiempo que fue por mayoría con relación al delito del homicidio (votos de los jueces Darío Hernández y Julián Busteros) y en disidencia el voto del juez Alejandro Portunato.
Los jueces que la semana última habían dado un adelanto de veredicto, ayer dieron a conocer los fundamentos en los que hubo unanimidad en torno al delito en contra de la propiedad de la calle 25 de Mayo, donde residía Altamura y encuadraron los hechos como “robo agravado por el uso de llave verdadera en
concurso real con homicidio calificado por ser para preparar, facilitar y consumar otro delito”.
En torno al hecho más gravoso los jueces Hernández y Busteros se volcaron por el pronunciamiento condenatorio mientras que su par Portunato consideró que no quedó acreditada la responsabilidad penal de Dening en torno al homicidio de su amigo por lo que se volcó por la negativa, es decir la absolución. En consecuencia con dos votos a uno el Tribunal Oral N° 3 dictó pena de prisión perpetua para Darío Dening.
Algunos de los elementos considerados en torno a los delitos por los jueces fueron los gastos realizados por Dening horas después de acaecida la desaparición de Altamura, los relatos de los testigos que comparecieron en las audiencias de producción de prueba como los cruces de antenas realizados en el marco del proceso a través de las pericias sumado al análisis de las cámaras de seguridad.
El primer voto del doctor Darío Hernández hizo un detallado análisis de los dichos de cada uno de los testigos como de la misma declaración del encartado Dening a la que calificó de “superficial”, de la situación económica de la víctima y del imputado como las horas críticas en las que desapareció Salvador Altamura. Asimismo hubo referencia a las pericias incorporadas en el proceso y la sumatoria de elementos probatorios en el marco de la causa a lo que adhirió el doctor Busteros.
El voto en disidencia
Con un criterio dispar a sus antecesores el doctor Alejandro Portunato consideró acreditado el robo a la propiedad, no así la autoría material de Dening en el homicidio e hizo mención a contradicciones de algunos testimonios como a la ausencia de elementos de cargo contundentes que le permitieran al magistrado arribar a una certeza positiva para volcarse por un veredicto de condena y a diferencia de sus pares votó por la negativa al respecto. Por otra parte, en sus fundamentos de criterio el magistrado fue crítico con algunos aspectos de la instrucción de la causa.
Por último se ordenó dejar los efectos secuestrados en el marco de la causa a disposición de la UFI N° 7 y regular los honorarios profesionales de los letrados Brian Vidal; Ana María Peccone; Matías Aquino y Nicolás Agustín Payarola Hernayes.
Los hechos
La víctima fue vista por última vez el 13 de julio de 2020 por la tarde junto al ahora condenado, en un galpón ubicado en la calle Rodríguez Peña 1210 de la localidad de Bernal.
Al momento de ser detenido, mientras intentaba ingresar en bicicleta a Entre Ríos, Dening tenía en su poder una abultada suma de dinero y además llevaba puesta una campera que era de Altamura.
Hasta el día de hoy existe una recompensa para quienes aporten datos sobre el paradero de los restos de Salvador Altamura.
GUILLERMO TRONCOSO
@TroncosoGuille
@datajudicial