La Justicia de la ciudad de Mar del Plata rechazó los pedidos de libertad condicional solicitados por dos de los cuatro policías condenados a prisión perpetua por el abuso sexual y femicidio de la adolescente Natalia Melmann, cometido en febrero de 2001 en la localidad balnearia de Miramar, informaron fuentes judiciales.
El magistrado Ricardo Perdichizzi, titular del Juzgado de Ejecución Penal 1 marplatense, rechazó los planteos presentados por la defensa de Ricardo Anselmini (56) y Oscar Echenique (64) para que pueden acceder al mencionado régimen.
La resolución fue comunicada durante una audiencia oral que se desarrolló esta mañana de manera remota y en la que intervinieron los dos condenados.
Al denegar las excarcelaciones, el juez consideró que en el caso de Anselmini y Echenique no hubo avances en cuanto a un tratamiento psicoterapéutico que la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata les había exigido en 2022, al rechazar otro pedido anterior de libertad condicional.
La resolución de Perdichizzi fue en línea con el planteo de los abogados Federico Paruolo y Yamil Castro Bianchi, representantes de los padres de Natalia (15), Gustavo Melmann y Laura Calampuca.
La falta de avances en materia terapéutica también fue subrayada durante la audiencia por el fiscal Daniel Vicente.
Además, el juez tuvo en cuenta otro punto planteado por la fiscalía y los abogados de la familia Melmann vinculado a los domicilios ofrecidos por ambos condenados para cumplir eventualmente un régimen de libertad condicional.
En el caso de Echenique, se destacó la cercanía entre el lugar ofrecido como residencia y la vivienda de la madre de la víctima, en el partido de General Alvarado, mientras que en el de Anselmini, se advirtió que en el lugar residía otra persona con antecedentes penales.
“Estamos muy conformes con la resolución, porque hace hincapié en la falta de avances del tratamiento psicoterapéutico. No hay por parte de los condenados ningún tipo de reflexión sobre el hecho y se siguen manteniendo en una postura en la que desconocen prácticamente la comisión del ilícito, con lo cual no dan garantías para poder recibir una libertad condicional”, señaló a Télam el abogado Castro Bianchi.
Por parte de la defensa, encabezada por Patricia Perelló, intervino en la audiencia la abogada Carolina Ciordia.
En esta instancia no se discutió el cumplimiento de los plazos para aspirar a la libertad condicional, ni la “buena conducta de encierro” de los condenados en la Unidad Penal 44 de Batán.
De acuerdo a la legislación vigente, Anselmini y Echenique pueden aspirar a un régimen de ese tipo por haber cumplido 20 años de reclusión, el 29 de septiembre de 2022 en el primer caso y el 7 de junio del mismo año en el otro.
La resolución del juez deberá ser analizada por la Cámara de Apelaciones marplatense, a partir de un recurso de la defensa, y en ese sentido, el padre de la menor asesinada aseguró: “Tenemos confianza en que los camaristas van a confirmar el fallo y en que los asesinos sigan cumpliendo su condena presos.”
Anselmini y Echenique fueron sentenciados en septiembre de 2002, como coautores de los delitos de “rapto, abuso sexual con acceso carnal agravado por la pluralidad de personas y homicidio criminis causa” en perjuicio de Natalia, cometidos el 4 de febrero de 2001.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata los condenó junto a otro policía, Ricardo Suárez (61), quien según fuentes judiciales no presentó ningún pedido para gozar de libertad condicional.
Por el hecho también fue sentenciado en esa instancia, pero a 25 años de cárcel, Gustavo “Gallo” Fernández, por su participación en el secuestro, aunque la pena fue reducida luego a 10 años de prisión.
El último 17 de mayo, más de 22 años después del crimen, fue sentenciado a perpetua un cuarto policía, el exsargento Ricardo Panadero.
El TOC 4 marplatense lo halló culpable de “privación ilegitima con empleo de violencia, abuso sexual calificado por la intervención de dos o más personas y homicidio doblemente agravado por el concurso de dos o más personas y por haberse consumado para lograr la impunidad”.
La condena del cuarto policía se dio en el marco del segundo juicio que debió enfrentar, ya que había sido absuelto en un primer proceso en 2018 pero ese fallo fue apelado y el 13 de noviembre de 2019 la Sala III del Tribunal de Casación bonaerense anuló esa absolución y ordenó la realización de un nuevo juicio.
Según la investigación del caso, la víctima fue obligada a subir a una camioneta de la Policía bonaerense y llevada a una casa ubicada en el extremo sur de Miramar, donde “fue accedida carnalmente”, y luego, “con el inequívoco propósito de procurar la impunidad de la agresión sexual, la víctima fue muerta por asfixia, estrangulada con un lazo confeccionado con el cordón de una de sus zapatillas”.
Los policías trasladaron luego el cuerpo al vivero Florentino Ameghino, donde fue hallado cuatro días más tarde, debajo de una pila de hojas.
El crimen provocó la reacción de la comunidad local y regional, que encabezó junto a los familiares y allegados de la adolescente múltiples marchas para pedir Justicia.