Se conocieron detalles del proceso judicial que se le sigue a Noemí Michelin, la mujer acusada de “reducción a la servidumbre” que está siendo juzgada en los Tribunales de Quilmes, por obligar ejerciendo violencia física y psicológica a trabajar en condiciones indignas a Armando Mansilla, un anciano de 83 años, que falleció y que es la víctima de los hechos. Esta semana seguirá el juicio a cargo del Tribunal Oral N° 1 de Quilmes.
Tal pudo saber Data Judicial “con 40 grados de calor y bajo la lluvia, siempre se podía observar a un hombre de avanzada edad en inmediaciones de la Rotonda de Alpargatas, con una caja de cartón, recorriendo las paradas de colectivo de la zona”.
“Arrastraba los pies por el cansancio, pero seguía ofreciendo sus bolsitas de 10 caramelos por 12 pesos”. En el año 2013, Mansilla conoció a una señora mucho menor que él (la imputada Michelín), que lo convenció a que se mudara a su casa. Luego de unos meses, ella también lo habría persuadido para que venda su propia vivienda y se especula que se habría quedado con el dinero de dicha operación.
Asimismo tal declaró una testigo en la primera audiencia de juicio en Quilmes ante los jueces Fernando Celesia, Cecilia Maffei y Alejandro Portunato (subrogante); Michelín era la apoderada en el Anses de Mansilla, es decir que percibía la jubilación del abuelo. La declarante fue quien lo rescató de la calle y le dio albergue lo que luego derivó en la denuncia judicial que dio inicio al proceso en contra de Michelín, detenida en 2017 en Ingeniero Allan tras procedimientos en el marco de la causa.
Ya sin su hogar y sin familiares a quienes recurrir, Mansilla quedó atrapado en una relación violenta que jamás había imaginado. Bajo amenazas y agresiones, era obligado todos los días a vender golosinas en la Rotonda de Alpargatas; se supo que si el anciano no vendía los caramelos era golpeado y que además comía de manera “salteada”. “El dinero que recaudaba era para “su patrona””, como le decía a los clientes que, conmovidos, le preguntaban por su actividad”; son innumerables en las redes los relatos que refieren al sometimiento al que era sometido Mansilla.
Se especula que esta semana la fiscal María de los Angeles Attarian Mena convoque a otros testigos que responderán a las preguntas de la encargada de la acusación como de la defensora oficial, Mariana Yeregui y además luego se hagan los alegatos en los que Michelín de prosperar las acciones en su contra podría recibir hasta una condena a 15 años de prisión.
Reducción a la servidumbre
Se trata de un delito previsto en el artículo 140 del Código Penal, que indica que será reprimidos con 4 a 15 años de prisión “el que redujere a una persona a esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad, y el que la recibiere en tal condición para mantenerla en ella”.
En el 2012 se modificó dicho artículo para adecuar la legislación a los términos de la “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional” y el “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños” que la complementa. Y como una forma de sancionar el delito contemplado en el artículo 15 de la Constitución Nacional, que condena la esclavitud.
El Ministerio Público Fiscal equipara el delito de servirdumbre con el de esclavitud. Y detalla que se da cuando se presentan casos de trabajo forzoso donde el individuo se encuentra en una situación de sometimiento y falta de voluntariedad.