El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó la condena a 22 años de prisión de Daniel Lagostena por el crimen de su pareja, Erica Soriano, quien desapareció en agosto de 2010 en el partido de Lanús y su cuerpo nunca pudo ser hallado, informaron fuentes judiciales.
La Sala I, integrada por los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral, dejó firme la sentencia dictada en julio de 2018 por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 9 de Lomas de Zamora, que le había atribuido al condenado el delito de “homicidio en concurso ideal con aborto”, ya que la mujer estaba embarazada al momento del crimen.
Esta condena de primera instancia fue apelada en febrero de 2019 por la defensa particular de Lagostena (57) que, entre otros cuestionamientos, planteó en su recurso que el tribunal incurrió en “una errónea y absurda valoración de la prueba, afectando el principio de congruencia”.
Por su parte, la fiscal adjunta de Casación, Daniela Bersi, emitió luego un dictamen en el que postuló el rechazo a la apelación interpuesta.
En su fallo de 51 páginas al que accedió Télam, los jueces Maidana y Carral recordaron una serie de testigos que se refirieron al “maltrato psicológico que sufría Érica Soriano por parte de Lagostena, quien controlaba cómo se vestía, el maquillaje que utilizaba, el uso del teléfono celular, los lugares a los que concurría y con quién lo hacía, y los boletos de colectivo para verificar sus horarios”.
“Además, dieron cuenta de lo celoso y posesivo que era el imputado al punto de hackearle la cuenta de correo electrónico y revisarle el celular”, señalaron, al tiempo que explicaron que, además de los testimonios, se reunieron mensajes que víctima y victimario intercambiaron por “correo electrónico” en los que ella manifestó su malestar ante las escenas de celos, planteos y reclamos.
Al respecto, el tribunal de primera instancia en su fallo condenatorio dejó asentado la “pesadilla y calvario” que Erica vivía por esta situación.
Para Casación, “contrario a la arbitrariedad y parcialidad aducidas por la defensa del imputado”, el TOC 9 “hizo una valoración pormenorizada del plexo probatorio que lo llevó a reconstruir el hecho y acreditar la autoría de Lagostena”. “(…) la decisión adoptada por los magistrados se apoya en un conjunto probatorio válido, coherente y que fue explicado de acuerdo a las reglas de la lógica y de la experiencia”, afirmaron.
Luego, remarcaron varios puntos de la investigación que apuntaron contra Lagostena, como que fue la última persona que estuvo con Erica, mostró “desinterés” en la búsqueda de su mujer, la última geolocalización del celular de la víctima la ubicó en el domicilio de él y, además, que el condenado mantuvo “inusuales comunicaciones” con su “núcleo familiar” la madrugada en la que se cometió el crimen.
También hicieron hincapié en las “contradicciones” de la versión de Lagostena al momento de, por ejemplo, describir las prendas de vestir que llevaba puesta Erica al momento de su supuesta desaparición, algunas de las cuales se hallaron en su casa.
Según Casación, los elementos reunidos se orientaron a que la mujer “no salió del lugar con vida”, por lo que finalmente rechazaron por “improcedente” el recurso interpuesto por la defensa, dejando firme el fallo de primera instancia.
En la investigación se acreditó que el 20 de agosto de 2010, Lagostena y Érica (30), tras visitar a un ginecólogo en Capital Federal, se dirigieron a su domicilio en Lanús, donde ya se encontraba una persona no identificada hasta ahora que utilizó el teléfono de línea para llamar a una pizzería a las 22.01.
Se estableció que a las 22.13 Érica habló con una amiga, quien luego declaró que se dio cuenta de que en el viaje iba manteniendo una pelea con Lagostena.
Cerca de la medianoche, el imputado comenzó a intercambiar mensajes con uno de sus sobrinos, con quien hasta entonces no tenía un trato cotidiano ni habitual.
Alrededor de las 5 del día siguiente, un celular a nombre de la madre de ese joven registró llamadas salientes en el centro porteño y la Costanera Norte, y luego en Lanús.
La intensidad de las llamadas despertaron la atención de los investigadores porque no era habitual el uso horario ni el patrón de comunicación. Si bien Lagostena dijo que solamente tenía un celular a nombre suyo, luego se comprobó que contaba con cuatro teléfonos móviles activos.
En tanto, los peritos que buscaron rastros en la casa hallaron la chimenea caliente, pese a que ese día hacía 24 grados, y restos de poliéster que se correspondían con una bombacha, por lo que se presume que el imputado quemó allí la ropa de su pareja. En mayo de 2016, Lagostena quedó detenido por el crimen y durante el juicio oral aseguró que su relación con Érica era “normal y buena”.