La Justicia condenó a un hombre que abusó de su hija menor de edad, entre los años 2012 y 2023 en una vivienda del barrio Zeballos de Florencio Varela.
La Jueza María Florencia Butiérrez del Tribunal Criminal 1, condenó a Hugo H (Data Judicial se reserva los datos filiatorios del sentenciado) a la pena de 14 años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, ambos reiterados y agravados por el vínculo, en concurso real entre sí”.
Asimismo, avalando la medida del Juez Diego Agüero del Juzgado de Garantías N° 6 de Florencio Varela, que había reintegrado la vivienda a la víctima al momento de detener al ahora condenado, el Tribunal ordenó el decomiso del inmueble en favor de la mujer.
Entre los relatos que se ventilaron en juicio pudo escucharse a la víctima afirmar que vivía algunos días con su padre y otros con su madre desde que se separaron, que cuando quiso denunciar al padre, la llevó a un descampado y le dijo que si le contaba a la madre la iba a matar, que la iba a enterrar ahí mismo y nadie la encontraría.
“Forcejearon hasta que le arrancó la ropa, le sacó el pantalón y la abusó nuevamente y después la llevó con su madre. Los abusos continuaron, él iba a buscarla a la salida del colegio y la llevaba al campo para abusar de ella, siempre de la misma manera”. A los 14 años, producto de los abusos, quedó embarazada. “Se enteró al cumplir 15, cuando ya tenía cuatro meses de gestación. El abusador hizo de todo para que lo perdiera, averiguó en hospitales, incluso la golpeaba. Cuando su madre se enteró de que estaba embarazada, se sintió como una carga y se mudó con su padre. Al nacer su hija seguía viviendo ahí. Los abusos continuaron, ella se sentía cada día peor y él cada vez se volvía más violento, bebía y buscaba cualquier excusa para golpearla”; indica el fallo.
Recordó también que cuando la bebé tenía pocos meses, su padre le puso un cuchillo en el estómago y le dijo que si no hacía lo que él decía la iba a matar. Ella se asustó y la agarró, salió con ella corriendo descalza y sin abrigo a la 1 de la mañana. Explicó que nunca obtuvo ayuda de su madre, que todo esto lo hacía por su hija, que no quería que tenga la vida arruinada como la tuvo ella.
Perspectiva de género
La jueza en los considerandos explicó que se analizó el caso bajo el contexto de violencia de género, por la intersección de una doble condición de vulnerabilidad -primero por pertenecer al mundo de la niñez y segundo por su género- esto considerando el compromiso adquirido por el Estado Argentino conforme la convención Belen Do Para.
“Si he de tener en cuenta el contexto de violencia de género en el que transcurrieron los hechos, implicando ello una indefensión a lo cual aduno la especial vulnerabilidad de la víctima (quien quedara embarazada de su padre y tuviera que hacerse cargo de su hija), que justifica el aumento del reproche valorado por las partes, por lo cual este elemento tendrá un especial peso al momento de meritar la pena”; precisó la magistrada.
Interés superior de la niña
“Que a la luz del principio del interés superior del niño emanada de la Convención sobre los Derechos del niño, atendiendo la situación de vulnerabilidad de la víctima reconocida por la ley 27372 y 15232, focalizando específicamente en el derecho de la víctima a una reparación integral y en respuesta a la clara necesidad habitacional de la niña y la madre -de conformidad con lo escuchado en juicio-, siguiendo los lineamientos fijados por el derecho civil en cuanto reconoce a los hijos menores de edad el derecho de continuar viviendo en el domicilio que fuera el asiento familiar aún después de la separación de los padres y contemplando las claras Directivas que en la materia han dado la Corte Suprema de Justicia respecto una justicia con perspectiva de género, bregando en los casos de violencia por motivos de género por una tutela jurisdiccional efectiva -como lo sostuvo la Suprema Corte de Justicia en el Acuerdo 4099- entiendo consecuentemente que el bien decomisado deberá asignarse como reparación de daño a la víctima. En esa inteligencia, debe ser decomisado y puesto en cabeza de la víctima, sin perjuicio de resguardar los derechos que terceros pudieran detentar sobre el mismo”; finaliza el pronunciamiento.
Ahora se espera el traslado del detenido a una Unidad Carcelaria para cumplir la pena, ya que esperaba el juicio detenido en la Alcaidía de Florencio Varela.