El Juzgado Federal de Ushuaia, a cargo del juez Federico Calvete, admitió el amparo de Dalila Nora -una legisladora fueguina electa en las Elecciones de 2021- y ordenó que ocupe la banca en la Cámara de Diputados de la Nación que dejó el fallecido Héctor Stefani.
La acción judicial, que buscaba impedir la incorporación del candidato suplente Ricardo Garramuño que generaría reemplazo hombre-hombre, tuvo recepción judicial.
Entre sus argumentos, el juez federal entiende que la premisa establecida en el actual del artículo 164 del Código Electoral Nacional, que establece el criterio a aplicar en caso de reemplazo de un Diputado, teniendo en miras sólo el género del titular de la banca a reemplazar (“mismo género” dice la norma), ninguna manera puede producir o verse ajena al fin que la misma vino a proteger. Debiéndose indagar en el espíritu de la norma, lo que quiso el legislador.
Hace referencia a la intención de la norma, que “no es sólo la postulación de la mujer, como un simple formalismo, transformando esa candidatura en una mera declaración testimonial, sino que, en casos en donde debe hacerse efectivo su acceso a las bancas, éstas se hagan realidad.”
Luego del análisis de las normas constitucionales en materia de género y la legislación vigente, el magistrado resalta de las particularidades del caso, la magnitud del distrito, como es Tierra del Fuego, donde sólo se renovaban dos bancas y un partido o alianza tenía la posibilidad de acceder a una de ellas. Y como otro aspecto, el encabezamiento mayoritario de hombres en la oferta electoral, propiciando un escenario desventajoso para las mujeres que habitualmente ocupan los segundos lugares en las listas.
Finalizando, aplica el principio de razonabilidad, destacando que “resulta contrario a la finalidad buscada el pretender que ante el fallecimiento de un diputado varón, en una lista de dos titulares no pueda acceder la diputada mujer, y pase el derecho al primer suplente varón. En tales condiciones la solución aplicable sería más perjudicial que si se aplicara la ley de cupo femenino, o directamente el viejo sistema en el que se iba corriendo al siguiente sin importar el sexo. Y esto no es lo que se buscó con la modificación de la cuestión. ¿Para qué se requirió la intercalación de personas de distinto sexo si después se las saltea -a las mujeres- para que asuma alguien del mismo sexo?. El riesgo es grande, ya que si se aplica este criterio, cada vez que haya un candidato varón lo reemplazará otro varón, cercenando el derecho a la igualdad real de oportunidades de las mujeres, las que así podrían carecer en el futuro de la posibilidad de tener representantes legislativas de ese sexo. De alguna manera la solución sería semejante a la situación planteada para el senador electo de la minoría”.
En definitiva, consideró que pauta de sustitución prevista en la normativa, luce irrazonable y contraria a su propósito, por cuanto hacerla efectiva de manera literal, implica que un candidato suplente sea ubicado con prelación a una candidata titular. Siendo el objetivo principal “dar efectivo cumplimiento al mandato constitucional en pos de la igualdad real de oportunidades de las mujeres al acceso de cargos electivos, removiendo aquellos obstáculos que impidan su participación en los lugares de decisión”.
Con estos elementos, el juez Calvete admitió el amparo y ordenó que la banca disputada sea cubierta con la señora Dalila Verónica Nora, quien ostentaba el cargo de segunda titular en la lista oficializada por la alianza transitoria “Juntos por el Cambio Tierra del Fuego”, respecto del proceso electoral del año 2021.