El polémico operativo llevado adelante por el intendente de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro, reabrió el debate sobre la problemática de las personas en situación de calle. “¿Sacarle a una persona en situación de calle lo poco que tiene?”, lanzó en el Senado, Federico Fagioli, del sector de Juan Grabois.
“La presente ley tiene por objeto garantizar integralmente y hacer operativos los derechos humanos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle que se encuentren en el territorio de la Provincia de Buenos Aires”, se señala en el proyecto.
Así, se menciona que “las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle tienen derecho a ser respetadas en su dignidad personal y en su integridad física. El Estado debe realizar acciones positivas tendientes a evitar y eliminar toda discriminación o estigmatización hacia las personas en situación de calle o en riesgo a la situación de calle, estableciendo a la vez condiciones que permitan el ejercicio de su autodeterminación y el libre desarrollo de la personalidad y de la subjetividad”.
“En ningún caso se podrá negar atención a personas en situación de calle o en riesgo de situación de calle por falta de documento nacional de identidad u otra documentación”, se agrega.
Por otro lado, subraya que “las personas en situación de calle o en riesgo a la situación de calle tienen derecho a la identidad personal, que supone la individualización en la sociedad mediante un nombre propio, una personalidad jurídica y una nacionalidad. El Estado debe realizar acciones positivas para la tramitación gratuita de todos los documentos necesarios para acreditar la identidad personal: partida de nacimiento, documento nacional de identidad, las claves únicas de inscripción laboral y tributaria y toda otra documentación que sea tendiente al reconocimiento de su identidad”.
Además, dicho sector “tiene derecho al acceso y uso de los servicios, de la infraestructura y de los espacios públicos sin discriminación por su condición de vulnerabilidad. El Estado debe evitar el uso coercitivo de la fuerza pública, para ello debe agotar todas las instancias de articulación de las acciones y medidas asistenciales”.
Además, el texto pretende la creación de un Grupo Interdepartamental e Interdisciplinario, bajo la dirección de la Autoridad de Aplicación, con el fin de definir políticas de vivienda, de seguridad social, de salud, de empleo y de educación, que afecten a las personas que viven en la calle.
En tanto, también contempla la creación de una cuenta especial destinada a recibir donaciones de cualquier índole, las cuales serán canalizadas exclusivamente hacia el financiamiento de los objetivos previstos en la ley.
A su vez, implicaría la puesta en marcha de un Sistema Provincial de Atención Telefónica, de alcance en toda la provincia de Buenos Aires, en forma articulada entre la Autoridad de aplicación y las autoridades municipales. Será de carácter gratuito para la intervención inmediata de los organismos competentes en la atención de las situaciones comprendidas en la ley.
“Entiéndase el servicio de atención telefónica como complementario y no excluyente de otros servicios existentes o a crearse, por lo cual los operadores telefónicos, en los casos que corresponda, deberán orientar las demandas hacia él o los servicios que resulten adecuados”, se subraya luego.
Además, el proyecto de Fagioli busca crear el servicio móvil de atención social, destinado a brindar una respuesta inmediata a las personas en situación de calle, a través de la instalación de dispositivos móviles equipados con profesionales, operadores sociales y provistos de elementos de primera necesidad.