La Cámara de Diputados buscará este jueves emitir dictamen sobre un proyecto que garantiza la paridad de género en la integración de los directorios de las empresas y sociedades del Estado Nacional y en los entes en los que exista una participación estatal mayoritaria.
Las comisiones de Mujer y Diversidad y de Legislación General, que conducen las diputadas del Frente de Todos Mónica Macha y Cecilia Moreau, respectivamente, fueron citada para el 12 de noviembre a las 18 para avanzar en un proyecto consensuado tras acordar un texto en base a dos iniciativas presentadas por el oficialismo.
El borrador del dictamen consensuado, de los proyectos de Macha y su colega Gabriela Estévez, dice que deberá haber paridad de género en la constitución de los directorios del Estado así como en aquellas en las que el Estado Nacional tenga una participación accionaria mayoritaria.
El mismo, tendrá incumbencia en las Empresas del Estado, a las Sociedades del Estado, a las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, a las Sociedades de Economía Mixta y otras organizaciones empresariales con participación mayoritaria del Estado Nacional en el capital.
A lo largo del despacho se establece que en la integración de los directorios de las Empresas y Sociedades se deberá asegurar que los hombres no podrán superar en más de uno la cantidad de integrantes mujeres y que esta medida no debe alterar el número de miembros de la conducción de la firma.
Además, se estableció un plazo de dos años tras la sanción de la ley para poder adecuar los directorios a la paridad. “Se deberá promover políticas de igualdad de género, adoptando los Principios para el Empoderamiento de las Mujeres promovido por ONU Mujeres y Pacto Global de las Naciones Unidas”, afirma el texto.
Según el proyecto, los derechos que se deben garantizar son “igualdad salarial estricta, en conformidad al principio constitucional de igual remuneración por igual tarea e igualdad de trato entre varones y mujeres” La iniciativa, también aclara que “el incumplimiento total o parcial de la presente Ley por parte de las funcionarias y los funcionarios públicos responsables, constituye mal desempeño en sus funciones o falta grave, según corresponda”.