Un grupo de organizaciones de la sociedad civil solicitaron la revisión “con perspectiva de género” de las ternas surgidas de cinco concursos para cubrir cargos en la Justicia cuyas composiciones resultaron “exclusivamente masculinas, en violación de obligaciones reglamentarias y constitucionales”. Así lo expresaron en una nota remitida al Consejo de la Magistratura, al Poder Ejecutivo, y al Senado, los tres ámbitos que intervienen en la designación de magistrados y magistradas.
El pedido fue planteado por la Asociación Civil Igualdad y Justicia (ACIJ), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la Fundación Mujeres en Igualdad, Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Poder Ciudadano y Red Mujeres para la Justicia, conformada por juezas y funcionarias judiciales.
“El pasado 17 de diciembre, el Consejo de la Magistratura aprobó las ternas para los concursos N° 366, 412, 413, 415 y 418, para cargos en diversos fueros e instancias: en todos y cada uno de ellos existen ternas conformadas exclusivamente por varones”, señalaron las organizaciones de la sociedad civil a través de un comunicado.
Esta uniformidad de género -afirmaron- implica una “violación al Reglamento del propio Consejo, que establece que debe haber al menos una mujer”, máxime teniendo en cuenta que “fueron procesos de selección en los que mujeres postulantes alcanzaron la instancia de entrevista personal y en varios de estos casos, incluso, forman parte de las listas complementarias”.
“El Consejo de la Magistratura sancionó en 2019 la Resolución 266 que modificó el Reglamento de Concursos, previendo algunas medidas para promover una mayor igualdad de género en el acceso a cargos judiciales; como la inclusión obligatoria de mujeres en las entrevistas, la incorporación de -al menos- una mujer en la terna y la aplicación de estos criterios en los casos de concursos múltiples”, dijeron.
“Esta reforma recoge obligaciones constitucionales previas del Estado argentino en la materia, contenidas en tratados internacionales como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) o la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convencion de Belem do Para)”, agregaron.
El objetivo de esta resolución fue “revertir la discriminación estructural que han sufrido y sufren las mujeres para acceder a cargos judiciales en Argentina”, la cual se evidencia “en las limitadas oportunidades que cuentan para acceder a los puestos de mayor jerarquía dentro de este poder del Estado”.
De acuerdo con lo previsto por la Constitución Nacional, el Consejo de la Magistratura es el órgano encargado de llevar adelante los concursos públicos para cubrir cargos vacantes en la Justicia, en tanto luego es el Poder Ejecutivo el que, en función de las ternas elevadas por el Consejo, define un o una postulante de esa terna, y envía su pliego al Senado para su aval.
Según datos del último informe de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, durante el año 2019 en el total de las jurisdicciones federales y nacionales la proporción de mujeres camaristas alcanzaba un 25%, esto es que, por cada mujer camarista, hay tres varones en cargos similares.
El porcentaje de magistradas era de 31%, de funcionarias 57% y de plantel administrativo 59% (las mujeres constituyeron un 54% del total del personal de la Justicia Federal y Nacional).
“Esta brecha en el acceso igualitario a la función pública en cargos de jerarquía, implica no sólo un incumplimiento de obligaciones constitucionales en materia de derechos humanos, sino también un perjuicio al funcionamiento y legitimidad del Poder Judicial, quien es el encargado en última instancia de dirimir los conflictos sobre derechos del conjunto de la sociedad, para lo cual debería reflejar la diversidad que habita en ella”, concluyeron las ONG firmantes de la nota enviada ayer.
En ese texto, las organizaciones reclamaron que “revisen estas prácticas y que arbitren los medios necesarios para evitar que sean aprobados los pliegos procedentes de estos -y otros- concursos que hayan violado las obligaciones del Estado en materia de acceso igualitario de las mujeres a los cargos judiciales”.