El juicio por la masacre ocurrida en el motín de Sierra Chica, ocurrido hace 25 años, se realizó de manera semipresencial, con 24 presos imputados dentro de una celda de máxima seguridad y monitoreados por cámaras, y los jueces, abogados y testigos en otra sala, en lo que fue considerado el primer “telejuicio” del país.
La decisión de realizar el juicio virtual tuvo motivos diferentes a las restricciones actuales para evitar el contagio del coronavirus, tal como se realizan muchos de los debates orales desde mediados del año pasado.
Por razones de seguridad, en febrero del 2000 se dispuso montar el estrado del Tribunal Oral 11 de Azul en el casino de oficiales del penal de Melchor Romero, mientras que los 24 acusados presenciaban el debate a través de un sistema de videoconferencia desde una megacelda ubicada en un pabellón de máxima seguridad de la misma prisión.
Tras más de un año de debate, en 2001 se dieron a conocer las condenas. El siguiente es un listado de las penas recibidas y los delitos que se les imputaron a los denominados “Doce Apóstoles” y al resto de los reclusos juzgados por su participación en el motín de Sierra Chica.
Según se determinó en el juicio oral, solo seis de los 24 presos que fueron juzgados recibieron una pena de reclusión perpetua y otros siete fueron absueltos.
– Juan José Murgia Canteros: por los delitos de secuestro coactivo y homicidio calificado en concurso real fue condenado a reclusión perpetua por tiempo indeterminado.
– Héctor Daniel Galarza Nanín: por secuestro coactivo recibió la pena de 15 años de reclusión en calidad de reincidente.
– Leonardo Salazar: por secuestro coactivo fue sentenciado a 15 años de reclusión y se lo declaró reincidente.
– Ariel Acuña Mansilla: por secuestro coactivo recibió 15 años de reclusión y se lo declaró reincidente.
– Marcelo Brandán Juárez: por secuestro coactivo agravado, homicidio calificado en cuatro hechos en concurso real, evasión en grado de tentativa, homicidio simple en grado de tentativa y tenencia ilegal de arma de guerra fue condenado a reclusión perpetua por tiempo indeterminado.
– Jorge Pedraza: por secuestro coativo agravado, homicidio calificado, cuatro hechos en concurso real, evasión en grado de tentativa, tenencia ilegal de arma de guerra, todos en concurso real entre sí, recibió la pena de reclusión perpetua por tiempo indeterminado en calidad de reincidente.
– Oscar Nelson Olivera Sánchez: por secuestro coactivo fue condenado a 15 años de reclusión en calidad de reincidente.
– Mario Troncoso Esmael: por secuestro coactivo recibió la pena de 15 años de reclusión y se lo declaró reincidente.
– Héctor Cocaro Retamar: por secuestro coactivo recibió 15 años de reclusión y se lo declaró reincidente.
– Miguel Angel Acevedo: por secuestro coactivo y homicidio calificado en tres hechos en concurso real fue condenado a reclusión perpetua por tiempo indeterminado.
– Marcelo González Pérez: por el delito de secuestro coactivo fue sentenciado a 14 años de prisión.
– Víctor Esquivel Barrionuevo: por secuestro coactivo agravado, homicidio calificado, cuatro hechos en concurso real, evasión en grado de tentativa, tenencia ilegal de arma de guerra y abuso de armas en concurso real, recibió reclusión perpetua por tiempo indeterminado en calidad de reincidentes.
– Jaime Pérez Sosa: por secuestro coactivo fue condenado a 15 años de reclusión y se lo declaró reincidente.
– Lucio Bricka Puebla: por secuestro coactivo recibió 12 años de prisión.
– Miguel Ruiz Dávalos: por secuestro coactivo, homicidio calificado, cinco hechos en concurso real, evasión en grado de tentativa, tenencia ilegal de arma de guerra fue condenado a reclusión perpetua por tiempo indeterminado.
– Guillermo López Blanco: por evasión en grado de tentativa fue condenado a seis meses de prisión, pero esa pena será considerada cumplida por el tiempo que permaneció detenido con prisión preventiva.
– Carlos Gorosito Ibañez: por secuestro coactivo recibió 15 años de reclusión y se lo declaró reincidente.
– Daniel Ocanto Ramírez: por secuestro coactivo recibió 13 años de prisión y se lo declaró reincidente.
Por otra parte, Marcelo Villaseco Quiroga fue absuelto del delito de secuestro coactivo; Luis Marcelino Enrique Serva fue absuelto por el mismo delito y Antonio Ruíz Díaz Gómez fue absuelto del delito de evasión en grado de tentativa y de secuestro coactivo. Por el ilícito de secuestro coactivo fueron absueltos también Carlos Villalba Mafei y Alejandro Díaz Ramírez, y por homicidio calificado se absolvió a Gustavo Javier Arín y a Guillermo López Blanco.
Fuente: Télam