A través de la misma, se resolvió establecer –hasta el 25 de junio inclusive- el mantenimiento de las condiciones y alcances del actual esquema del funcionamiento del servicio de administración de justicia.
Además, la Suprema Corte dispuso que estas medidas se aplicarán conjuntamente con las complementarias dispuestas en la Resolución N° 761/21 (donde, entre otras, se faculta a los titulares de los órganos a declarar la interrupción o suspensión de los plazos cuando circunstancias de fuerza mayor o causas graves hicieren imposible la realización de actos que requieran afluencia o traslado de personas a las respectivas sedes).
Por otro lado, reiteró el monitoreo que al efecto se seguirá realizando en torno a la cantidad de personal que concurre a cada juzgado y dependencia, y recordó a su vez, que el acceso a los edificios se limitará a las personas que hayan sido citadas, sean partes en los procesos o deban cumplir trámites. En ese sentido, y tal como se viene promoviendo desde la Corte bonaerense, se continuará extremando la utilización de las herramientas tecnológicas y de las comunicaciones a los fines de favorecer la celeridad y continuidad de los procesos judiciales.