La justicia penal de La Plata ordenó la clausura del pabellón de aislamiento y la readecuación del pabellón trans de la Unidad penitenciaria número 8 de Los Hornos, en la capital bonaerense, informó la Comisión Provincial por la Memoria. La medida, dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de La Plata, también recordó que está prohibido el alojamiento de personas en áreas de separación por tiempo ilimitado.
El TOC 1 platense hizo lugar a un hábeas corpus presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y ordenó la clausura del pabellón de Separación del Área de Convivencia y dispuso en un plazo de 60 días, la ejecución de un plan de mejoras edilicias de la celda de admisión y el pabellón trans.
En los pabellones denunciados, las mujeres y varones trans permanecían en encierro estricto más de 22 horas al día y algunas llevaban más de dos meses detenidas en esa situación.
En el hábeas corpus se denunciaba que la población allí alojada permanecía encerrada en sus celdas más de 22 horas al día, alguna de las personas además durante periodos de hasta tres meses y sólo tenían una hora y media para salir al patio, utilizar las duchas, lavar la ropa y limpiar el pabellón.
Sobre las condiciones materiales de detención, la denuncia señalaba que las celdas eran de dimensiones reducidas, ediliciamente deterioradas con humedad en paredes y techo, se padecía el frío extremo por la falta de los vidrios de las ventanas de los pabellones y la ausencia de cualquier sistema de calefacción, las conexiones eléctricas eran precarias, los baños y duchas estaban en malas condiciones y no tenía cerramiento, vulnerando la privacidad de las personas.
Además se advertía la presencia de roedores y cucarachas, precisó un comunicado de la CPM. En lo inmediato, el fallo del TOC N° 1 de La Plata ordenó que se reparen de manera urgente las conexiones eléctricas que se encuentren en estado precario, que se coloque el cerramiento de los baños, se garantice el acceso a la salud y la provisión de elementos de higiene y limpieza, y se suprima la presencia de roedores.
También ordenó que las personas que permanezcan alojadas en el sector de admisión y el pabellón trans puedan estar más tiempo al aire libre y acceder a actividades deportivas y recreativas y en ese marco, el Tribunal recordó, a su vez, que está prohibido el alojamiento de personas en áreas de separación por tiempo ilimitado.