Las crónicas periodísticas refirieron a que el Tribunal Oral 4 de Quilmes consideró a Gómez partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad triplemente agravada: por ser cometida con el fin de someterla sexualmente contra su voluntad, por la intervención de tres o más personas y por el resultado de muerte no querida por el imputado, es decir fue el “entregador” de la víctima.
En el fallo los jueces Alberto Ojeda, Mario Caputo y Andrea Calaza recomendaban “continuar con la investigación” del crimen de Di Gallo y manifestaron sus “serias sospechas” acerca de la participación de los dueños y el inquilino de una quinta de Florencio Varela en la que la víctima pudo haber sido asesinada.
De acuerdo a los fundamentos del fallo los jueces valoraron la versión de testigos que declararon haber visto cómo esa noche, en la ruta provincial 36 y avenida Bosques, del partido de Florencio Varela, varias personas pasaban de un auto como el del imputado a otro vehículo a una chica como Natalia.
Para los miembros del Tribunal, Gómez brindó una “indispensable cooperación que determinó el destino fatal” de Natalia, ya que consideraron acreditado que “estacionó su automotor y, por el uso de fuerza física y con golpes de puño” la entregó a un grupo de personas que la harían “tolerar el abuso sexual”.
Para los jueces, el condenado que purga la sentencia en una unidad del Servicio Penitenciario Bonaerense habría actuado como “un simple peón” de esos conocidos, quienes fueron señalados por diversos testigos, entre los que se encontraba uno de los condenados por el llamado “Triple crimen de General Rodríguez”, Martín Lanatta, como dueños e inquilino de una quinta de Florencio Varela bautizada “Ensueño” en la que aparentemente se realizaban fiestas sexuales.
Tras conocer el testimonio de Lanatta, el mismo que protagonizó la fuga del Penal de General Alvear en diciembre de 2015, y de otras personas que comparecieron a lo largo del debate, los jueces aseguraron que “corresponde que se investigue si el hecho ocurrió allí” (la quinta “Ensueño”), expresaron sus “serias sospechas” sobre sus ocupantes y los identificó como Cristian Refici, Andrés Meyer y Karina López.
Lanatta había declarado en el juicio que el inquilino de la quinta, Refici, le confesó haber “sacado muerta” a Natalia, que días antes de la desaparición de la joven vio a este hombre conversando con Gómez y que la quinta sería de Meyer y López.
En tanto, Nicolás Gómez, sostuvo desde 2004 hasta el último día del juicio -incluso en una entrevista en el Complejo Penitenciario de Florencio Varela-, y según la cual él y Natalia se encontraban en su auto estacionado en el Parque Pereyra Iraola cuando fueron asaltados por un hombre armado que lo encerró en el baúl del vehículo y raptó a la adolescente, fue calificada en el fallo como “violatoria de las leyes de la lógica”.
Ese día de agosto de 2014 no fue uno más, tras escuchar la sentencia, Juan Di Gallo, papa de Natalia se paró e insultó a Gómez una y otra vez como a sus letrados “hijo de puta defensor de asesinos y violadores”.
“Ni me interesa la pena, ni los veinte años a los que fue condenado Gómez. Quiero la muerte de Gómez y la de los otros”, había manifestado
Natalia fue vista viva por última vez la noche del 28 de diciembre de 2003, cuando salió de su casa junto a Gómez, y el 1 de enero de 2004 la encontraron asesinada y envuelta en bolsas de nailon en el Parque Pereyra Iraola.
Según los forenses, Natalia fue violada y murió por una “asfixia mixta” producida por la obstrucción de las fosas nasales y la boca, en combinación con una compresión torácica-abdominal.
También se demostró que fue asesinada en otro sitio y luego depositada en el lugar del hallazgo.
En el debate también fue juzgado Daniel Feliciano Ojeda (49), a quien el tribunal finalmente absolvió luego de que el fiscal Pelayo decidió no acusarlo por falta de pruebas.
Guillermo Troncoso
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