La Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata ordenó al Gobierno bonaerense que en el plazo de cinco días procesa a vacunar contra el coronavirus a todos los detenidos que integren la población de riesgo. El tribunal sostuvo que “la ausencia de inoculación oportuna del colectivo que se protege mediante la presente acción los colocaría en una situación de desatención que compromete elementales derechos inherentes a la condición humana”.
En el texto, la Cámara advirtió que la vacunación de los presos “no implica una alteración o modificación del Plan Buenos Aires Vacunate en cuanto al orden de prioridades establecido para la aplicación de las vacunas”.
El fallo de los jueces Claudia Milanta, Gustavo Spacarotel y Gustavo De Santis se conoce luego de que se registrase un pedido por parte de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), encabezada por el Premio Nóbel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel .
Tras ser rechazada en primera instancia, la Cámara subraya que “se ha incrementado la vulnerabilidad de las personas privadas de su libertad en atención a las condiciones habitacionales en las que viven, máxime si forman parte del grupo de riesgo frente a la enfermedad”.
Además, el fallo resalta que “las personas que se encuentran privadas de su libertad pueden tener mayores obstáculos al momento de acceder al programa de vacunación provincial que aquellas que no se hallan en tal situación”. “El Estado debe ser garante de la vida y de la integridad física de las personas privadas de su libertad”, agrega el texto firmado por los jueces de Cámara.