La Cámara en lo Criminal y Correccional de Deán Funes absolvió por unanimidad al oficial Luis Alberto Faría, quien había llegado a juicio acusado de homicidio con exceso en el legítimo ejercicio de un cargo tras abatir a un hombre en un tiroteo. El vocal Pablo Fernando Ceballos Chiappero dictaminó que el uniformado actuó plenamente amparado por la ley en defensa de su vida y la de terceros, descartando de forma categórica que el episodio constituyera una ejecución extrajudicial o un uso arbitrario de la fuerza pública.
El dramático suceso, ocurrió el 3 de julio de 2016 en San José de las Salinas. Cristian Iván Muñoz acudió armado con una pistola calibre 22 a la vivienda donde se refugiaba su ex pareja, desobedeciendo una restricción judicial de acercamiento. Muñoz baleó el frente de la casa y atacó a los primeros policías que arribaron, forzando la convocatoria de refuerzos. Faría, quien se encontraba de franco, acudió al llamado y localizó al agresor en una traza rural. Al darle la voz de alto, Muñoz intentó huir en moto y disparó contra los efectivos. Faría repelió de inmediato la agresión con una escopeta provista cargada con postas de plomo, dándole muerte.

Aunque la querella solicitó una condena de cinco años argumentando que Muñoz fue baleado por la espalda mientras huía, el tribunal validó la hipótesis de la fiscalía y la defensa. Las pericias balísticas y los testigos civiles confirmaron que entre el disparo de Muñoz y la respuesta del oficial transcurrieron apenas dos segundos, lo que demuestra un enfrentamiento armado en movimiento en una secuencia inmediata.
El fallo remarcó que no existió un intervalo de tiempo que permitiera afirmar que el delincuente estaba neutralizado o que Faría obró por represalia. Asimismo, la Justicia determinó que no se le puede exigir a la policía un comportamiento ideal retrospectivo en condiciones de extremo estrés, ni obligarlos a enfrentar agresiones letales con munición de goma, ratificando su absolución sin costas.
