El domingo 29 de diciembre el Padre Obispo Carlos José Tissera dará inicio al Año Jubilar en la Diócesis de Quilmes con la celebración que presidirá en la Iglesia Catedral de Quilmes a las 19:00 horas en la que abrirá la Puerta Santa.
A partir de la invitación del Papa Francisco a vivir el Año Santo en 2025, el Padre Obispo Carlos designó como iglesias jubilares de la diócesis de Quilmes para las sagradas peregrinaciones entre el 29 de diciembre de 2024 y el 28 de diciembre de 2025 a las siguientes parroquias:
DECANATO QUILMES CENTRO
- Iglesia Catedral Inmaculada Concepción (Rivadavia 355, Quilmes Centro)
- Parroquia Nuestra Señora de la Guardia (Belgrano 230, Bernal)
DECANATO QUILMES OESTE I
- Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro (Av. Calchaquí 4949, Quilmes Oeste)
- Parroquia Nuestra Señora de Lourdes (Av. Calchaquí 1371, Quilmes Oeste)
DECANATO QUILMES OESTE II
- Parroquia San Francisco Solano (Calle 844 Nº 2155, San Francisco Solano)
- Parroquia Santuario San Cayetano (Mosconi 21, Quilmes Oeste)
DECANATO BERAZATEGUI
- Parroquia Sagrada Familia (Calle 148 Nº 1351, Berazategui)
- Parroquia Nuestra Señora de Luján (Calle 24 esquina calle 148, Villa España)
- Parroquia Santuario San Cayetano (Calle 151 Nº 663 entre calles 6 y 7, Berazategui)
DECANATO FLORENCIO VARELA
- Parroquia San Juan Bautista (25 de mayo 611, Florencio Varela)
- Parroquia Santuario San Cayetano (El Zonda y El Atalaya km. 26, Florencio Varela)
- Iglesia de Dios Padre – Santuario Mariano – Schöenstatt (Misiones 2501, Florencio Varela)
- Casa Santo Cura Gabriel del Rosario Brochero (Pergamino 1401, Bosques)
- Carpa Misionera Nuestra Señora de Luján
El Obispo de Quilmes dispone, como le confieren las Normas sobre la Concesión de Indulgencias durante el Jubileo Ordinario del año 2025, que en todos estos lugares los fieles puedan conseguir la indulgencia jubilar, cada vez que peregrinen hasta ellos y participen de la celebración de la Eucaristía u otras acciones litúrgicas o se dediquen durante un tiempo conveniente a la escucha de la Palabra de Dios, la adoración eucarística o la oración.
Y que además, se conceda la indulgencia a las personas que por motivos graves estén imposibilitadas de participar en las celebraciones o peregrinaciones por edad avanzada, por enfermedad, por discapacidad o por estar privadas de la libertad, así como quienes brindan atención en hospitales y otros lugares de servicio continuo a los enfermos. Para que se concrete esta gracia de la Iglesia hay que participar de la confesión sacramental, de la comunión eucarística y rezar por las intenciones del Papa Francisco.
La Indulgencia plenaria le ofrece al pecador arrepentido y confesado el beneficio de eliminar totalmente la deuda que haya tenido durante su vida.