La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires decidió sancionar a un ex secretario del Juzgado de Familia N° 11 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, tras la denuncia presentada por la Asociación Judicial Bonaerense en 2021.
La Corte, en uso de sus atribuciones, le impuso por mayoría “la sanción correctiva más severa prevista” en la normativa vigente, consistente en 30 días de suspensión.
La denuncia fue presentada ante la subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte, luego de un extenso trabajo colectivo llevado adelante junto a los trabajadores del juzgado.
En ella se detallaron múltiples situaciones de violencia laboral y de género ejercidas de manera sistemática y cotidiana durante los últimos años, que afectaron a casi la totalidad del personal, tales como: “Realizar usualmente golpes de puño sobre los escritorios, arrojando violentamente expedientes al suelo al devolverlos para exhibir su malestar sobre determinada tarea realizada por algún agente…”.
También “reaccionaba con violencia al corregir una tarea que consideraba errónea o que al consultársele por alguna cuestión, tenía por costumbre gritar, golpear la mesa con el puño cerrado o utilizar expresiones groseras en el trato cotidiano y que en particular, esa inconducta estaba dirigida a empleadas y funcionarias…”, “generándose un ambiente laboral de tensión y de miedo que derivó en muchos casos en la atención médica y psicológica de las afectadas…”.
La resolución de la Corte concluye que “el secretario sumariado, valiéndose de su posición jerárquica, incurrió en conductas que configuran violencia laboral y de género, vulnerando el derecho de toda persona a trabajar libre de acoso y de violencia…”.

Así los elementos probatorios reunidos dan cuenta que el proceder del ex funcionario judicial –expresó la AJB- “superó los parámetros que pueden considerarse tolerables en las relaciones humanas, dejando en evidencia un trato grosero, ofensivo y humillante, en especial hacia determinadas personas, siendo principalmente las mujeres las destinatarias del maltrato y de las expresiones agraviantes”.
La inmensa mayoría de los hechos fueron constatados a través de una intervención interdisciplinaria realizada por la Delegación de Sanidad de Lomas de Zamora. Las situaciones denunciadas revisten una gravedad institucional significativa y se enmarcan en las leyes 13.168 y 26.485, que abordan la prevención de la violencia laboral y la protección integral contra la violencia de género, respectivamente.
Durante 2021, tras la presentación de pruebas documentales y testimoniales, la Suprema Corte resolvió aplicar una primera medida: el traslado del funcionario acusado al Juzgado de Familia N° 1 del mismo Departamento Judicial. Y actualmente, con la resolución del proceso disciplinario, se ha impuesto la sanción máxima de 30 días de suspensión.