La Justicia resolvió prorrogar el inicio del juicio oral por la muerte del pequeño Iñaki Bohn Rioboo -el niño de Hudson que falleció en 2017 tras electrocutarse en el Barrio Privado Altos de Hudson II cuando jugaba en la pileta-. La resolución, emitida el 30 de octubre de 2025, prorroga el inicio del proceso y designa como primera jornada el martes 11 de noviembre a las 10 horas en la sede de los Tribunales de Quilmes de Yrigoyen 475 a cargo del Juzgado Correcional N° 5.
La decisión de aplazar el debate se tomó a raíz de un pedido de la defensa oficial del coimputado Rubén Daniel Bentolila Levy, electricista matriculado a cargo de las instalaciones eléctricas del complejo de Hudson.
Según el documento judicial, se mantienen las fechas originalmente asignadas para las jornadas posteriores, que son el 17, 18, 24 y 25 de noviembre.


La causa por homicidio culposo se tramita en el Departamento Judicial Quilmes data del año 2017 y está a cargo de la jueza Sandra Martucci.
El fiscal será el doctor Jorge Squeo. Los que estarán sentados en el banquillo de los acusados serán Santiago Domingo Collavini, administrador, desarrollista y responsable del barrio en el momento del hecho; Rubén Levy, electricista matriculado a cargo de las instalaciones eléctricas y Héctor Lucero, de la firma encargada del mantenimiento de las instalaciones eléctricas y espacios verdes.
Vale recordar que otros dos profesionales fueron condenados; Guillermo Marcial Franco arquitecto, a 1 año de prisión en suspenso e inhabilitado por 5 años para ejercer la profesión y Rodrigo Rocha a 1 año de prisión en suspenso.
Los hechos
Iñaki jugaba a la pelota el 22 de febrero de 2017 con amigos al borde de la pileta de uso común cuando rozó con la pierna una farola ubicada en el sector. La descarga eléctrica fue fulminante.
El niño cayó al agua y, aunque fue rescatado de inmediato, ya era tarde. Los vecinos intentaron reanimarlo, llegó la ambulancia, pero Iñaki no volvió a abrir los ojos. Tenía once años y un montón de sueños por delante. La investigación posterior reveló una cadena de negligencias en torno a los responsables.
Quedó acreditado en la causa que no había disyuntor colocado ni en la farola, ni en el pilar, ni en la pileta, ni en el SUM al momento del hecho. Tampoco había medidas de seguridad básicas en las instalaciones eléctricas. Además se detectó el robo de luz de la vía pública, una conexión irregular que ponía en riesgo a todos los habitantes del barrio.
