La Justicia neuquina condenó a Alexandra Sabio a seis meses de prisión en suspenso por el delito de obstrucción al vínculo agravada, tras considerar acreditados reiterados impedimentos al contacto entre un padre y su hijo menor durante el período investigado.
El tramo juzgado comprende un año de conductas obstructivas, aunque durante el debate se señaló que podrían existir hechos posteriores que no fueron incluidos en esta acusación y que podrían derivar en nuevas actuaciones judiciales.
Antecedentes en el fuero de familia: pérdida del cuidado del menor
El expediente penal se desarrolló en paralelo a diversas intervenciones del fuero de Familia, donde Sabio fue sancionada en reiteradas oportunidades por incumplir resoluciones vinculadas al régimen de comunicación.

Ante los incumplimientos sostenidos, el juzgado de Familia dispuso meses atrás el giro del cuidado del menor, otorgando el cuidado unilateral al padre, medida que se mantiene desde hace aproximadamente tres meses.
Según se expuso en los procesos de familia, durante más de cinco años Sabio no cumplió ninguna de las resoluciones destinadas a garantizar el contacto entre el niño y su progenitor. También se mencionó que, pese a órdenes expresas, el padre no pudo mantener ni siquiera videollamadas con su hijo en fechas significativas como el Día del Niño o el Día del Padre.
Estas circunstancias fueron citadas por la Fiscalía como parte del contexto que evidenció la persistencia de las conductas obstructivas.
Un accionar considerado sistemático
Durante el debate, la Fiscalía describió un esquema sostenido de obstrucción destinado a impedir o debilitar la relación del menor con su padre y su familia paterna. Los planteos se apoyaron en testimonios, pericias e informes aportados al expediente. El tribunal, sin embargo, circunscribió su sentencia a los hechos acreditados en el período formalmente imputado.
