El Juzgado civil y comercial federal N° 2 dictó una medida cautelar que obliga a Google a reestablecer la cuenta de un magistrado y preservar el contenido de sus carpetas documentales, que contenían material sobre abuso sexual infantil, toda vez se tratan de pruebas documentales que tramitan en un juicio en sede penal.
El caso se originó cuando Google detectó child sexual abuse material (CSAM) en la cuenta del juez. Siguiendo sus protocolos y la ley federal estadounidense supendió su cuenta y lo reportó ante el National Center for Missing and Exploited Children de Estados Unidos (NCMEC). Lo que derivó en una causa penal contra el magistrado por producción o facilitación de imágenes con contenido de abuso sexual infantil.

Sin embargo la tenencia de estos archivos tenía una explicación institucional. El magistrado conservaba en su computadora archivos digitales correspondientes a causas penales que almacenaba en soportes digitales personales o en la nube Google Drive, en cumplimiento de lo promovido por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia para favorecer el flujo de trabajo remoto, conforme la Acordada n° 130/23. Entre esos archivos laborales, se incluyeron imágenes que formaban parte de un proceso judicial por delitos sexuales contra menores, cuya legítima tenencia se originó en su función pública como juez de instrucción.
Pese a que el magistrado realizó descargos por escrito en la misma plataforma y envió una carta documento ello nunca fue contestado.
Al ser traída a juicio, los representantes de la empresa explicaron que esta aplica una política de tolerancia cero en materia de abuso sexual infantil en todos los casos; y que al crear su cuenta de Gmail el actor aceptó los Términos del Servicio de Google, donde consta esta información. Sostuvieron que las justificaciones del juez no resultan óbice a la correcta aplicación de las políticas de tolerancia cero en cuanto a alojar material CSAM en cuentas de Google, las que no admiten excepciones, ni siquiera por supuestas razones profesionales como las alegadas por el actor. Y tenazmente indicaron que Gmail y Drive no son un repositorio de evidencia judicial ni actúan como auxiliares de la justicia local para el resguardo de material sensible.
Frente a este escenario el juez junto a los padres de la víctima solicitaron cautelarmente la restitución y preservación del contenido toda vez que constituye prueba documental y su destrucción implicaría la imposibilidad de acreditar los hechos denunciados e investigados en el juicio en tramite en sede penal.
Esta causa constituye un ejemplo claro de la necesidad de que el Estado Argentino invierta en ingeniería informática para desarrollar sistemas nacionales de almacenamiento y procesamiento de información pública, y así asegurar la soberanía digital.
Fuente: Palabras del Derecho
