El Gobierno Nacional modificó las leyes de Migración, de Educación Superior y Nacional y la de Ciudadanía mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado en el Boletín Oficial. Allí se realizan cambios respecto a las personas inmigrantes en la República Argentina.
Dentro de los cambios se destaca la atención sanitaria en establecimientos administrados por el Estado Nacional, donde “solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio, de conformidad con las condiciones que establezca el Ministerio de Salud”. Esta modificación corresponde a las consultas y los tratamientos a largo plazo, se aclara en el artículo 1° del DNU 366/2025.
De ello se exceptúan las situaciones de emergencia sanitaria, en los que el Estado no podrá negarse ni restringir el acceso a la asistencia social o en materia de salud a todos los extranjeros, cualquiera fuese su situación.
En los argumentos del Poder Ejecutivo se mencionan las “facilidades extremas” actuales donde personas sin documentación ingresan para utilizar sin cargo los servicios de salud y educación. “Producto de las problemáticas que exhiben las políticas sanitarias en algunos países vecinos, se ha instalado como una práctica común que ciudadanos de dichos Estados acudan a la República Argentina con el único propósito de acceder al sistema de salud público de forma gratuita”, sostiene el Decreto.

Por estos supuestos, el Poder Ejecutivo habilitó a los establecimientos sanitarios públicos la posibilidad de “cobrar los servicios a aquellos extranjeros que no habitan establemente esta Nación, sino que se establecen en ella de manera transitoria”.
En consonancia con esto la Dirección Nacional de Migraciones tendrá las atribuciones de requerir a los extranjeros acreditar identidad y situación migratoria y organizar y conducir operativos de inspección y fiscalización para verificar el cumplimiento de las obligaciones de dadores de empleo y alojamiento respecto a la población extranjera.
Respecto al sistema educativo, se modificó la Ley de Educación Superior N° 24.521 y la Ley de Educación Nacional N° 26.206. En el Titulo II de la norma se aclara que se mantendrá la gratuidad en estudios de grado superiores de gestión estatal para argentinos nativos o por opción y a extranjeros permanentes.
En contraposición a esto, “las instituciones de educación superior de gestión estatal podrán establecer retribuciones por los servicios de educación” para las personas en situación irregular dentro del territorio argentino. El Gobierno expresó su postura en los considerandos al afirmar que “desde hace años se observa una afluencia de extranjeros que ingresan al país y tramitan su residencia con el único fin de cursar en forma gratuita carreras de grado en universidades públicas”. De esta manera, se mantiene el principio de la gratuidad de los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todos los ciudadanos argentinos nativos o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país.
Por último, el Poder Ejecutivo introdujo cambios en la Ley de Ciudadanía N° 346, y creó la Agencia de Programas de ciudadanía por Inversión. Este será un organismo descentralizado del Ministerio de Economía para diseñar, gestionar y controlar los programas en dicha área.
“Resulta imperativo proceder a una modernización de la Ley de Ciudadanía N° 346 a fin de fortalecer los estándares de seguridad, eficiencia y transparencia en las solicitudes de ciudadanía por naturalización, así como un mejor aprovechamiento de los recursos existentes en las diferentes esferas del Estado Nacional”, sostiene el Gobierno en la norma.
El DNU 366/2025 lleva las firmas del Presidente Javier Milei, del Jefe de Gabinete Guillermo Francos y de toda la plantilla ministerial: Gerardo Werthein, Luis Petri, Luis Andres Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Iván Lugones, Sandra Pettovello y Federico Adolfo Sturzenegger.