La jueza Mariana Lucìa Tonto de Bessone, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 10 de Mar del Plata, admitió una medida cautelar innovativa, mediante la cual, ordenó a Telecom Argentina S.A que retrotraiga el valor de sus servicios de radiodifusion por suscripcion, acceso a internet, telefonía fija y comunicaciones móviles a los precios vigentes en diciembre de 2020, a los cuales podrá adicionar como máximo un cinco por ciento (5%).
La demanda había sido iniciada por la Asociación de Usuarios Bancarios Argentinos (ACUBA), quienes reclamaban la nulidad del incremento determinado de forma unilateral por Cablevisión -el cual alcanzaba el 21%-, ello en trasgresión de la Resolución N° 1466/2020, dictada por el Ente Nacional de Comunicaciones.
“Los licenciatarios de Servicios de TIC que presten servicios de Acceso a Internet, de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico, radioeléctrico o satelital; Servicio de Telefonía Fija y de Comunicaciones Móviles -todos con sus distintas y respectivas modalidades-, podrán incrementar el valor de sus precios minoristas, hasta un cinco por ciento (5 %) para el mes de enero de 2021.”, explicaba el primer párrafo de la resolución de ENACOM. En ese sentido, la jueza Tonto de Bessone acreditó la legitimación de la actora y los requisitos necesarios de verosimilitud en el derecho, peligro en la demora y contracautela para la admisión de la medida cautelar solicitada. Por ello, ordenó a Telecom que retrotraiga sus precios a diciembre de 2020 y se ajuste a lo dispuesto por la resolución de ENACOM.
Fuente: palabrasdelderecho.com.ar