El juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 7, Fernando Sarries, oficializó ayer el proceso eleccionario convocado por la intervención del club para el domingo 11 de julio en Argentino de Quilmes.
Si bien el llamado a elecciones hace días se viene difundiendo en las redes sociales de la institución de la barranca, el magistrado que intervino judicialmente “El Mate”, este martes, por primera vez, le dio visos de legalidad al proceso al avalar en un escrito la fecha de la elección de las nuevas autoridades.
La decisión de Sarraies significa en la práctica un aval a los sectores opositores que acompañaron a la Intervención del club en el proceso y presentaron sus candidatos para las elecciones encabezados por Hernán Romero y Javier Campesi.
A continuación el escrito firmado por el juez Sarraies con fecha del martes 6 de julio y avalado por la secretaria del Juzgado Ivanna Romina Troccoli:
“Quilmes, 6 de Julio de 2021.
“En el marco de las elecciones a ser llevadas a cabo durante la jornada del día 11 de julio del 2021 en el horario establecido en el CLUB ATLETICO ARGENTINO DE QUILMES:
1. Informe la INTERVENCION a fin de garantizar la SEGURIDAD y transparencia del acto eleccionario; cómo se ha IMPLEMENTADO y se desplegará el operativo de seguridad coordinado con distintas fuerzas, – cantidad de efectivos – entre otros organismos interviniente. Ello, para poder ejercer el derecho más importante que tiene el ciudadano – en el caso “el socio” del club – dentro de lo que es la democracia que es precisamente el derecho al voto.
2. Asimismo, se hace saber a los interventores que deben estar presentes ese día 11 de julio 2021 durante todo el lapso de tiempo que dure el acto eleccionario; una vez terminada la votación, se procederá a realizar el acto de escrutinio que será público e ininterrumpido correspondiendo a los Presidentes de las Mesas adoptar las medidas que resulten necesarias para mantener el orden; requiriendo el auxilio de la fuerza pública de ser necesario.
3. Simultáneamente a la aludida lectura de las papeletas, otro de los miembros de la mesa en conjunto con la INTERVENTORA / COINTERVENTOR, irán anotando, mediante un sistema claro y fiable, – labrándose el acta respectiva -, los resultados obtenidos por cada candidatura, así como los votos en blanco o nulos, adoptando en este último supuesto la precaución de no efectuar la anotación correspondiente hasta que la calificación del voto sea definitiva.
4. Proclamada la lista ganadora, las actas, las urnas y los votos quedaran bajo resguardo, lacradas, con la firma de los participantes y LA INTERVENCION.
5. NOTIFIQUESE lo anteriormente dispuesto a la INTERNVENCION designada en autos, conforme la Ac. 3991/20 SCBA.-
6. Se deja expresa constancia que el presente es firmado por el Infrascripto digitalmente (Artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. Doc. Legal, Res. S.C.B.A. 2135/2018. Conf, AC. 3733/14, 3845/17, 3971/20, 3975/20, 3991/2020 S.C.B.A).”
Fuente: Diario 5 Dias