El Tribunal Oral N° 5 de Quilmes le concedió el arresto domiciliario a Norberto González, expolicía del Subcomando de Don Bosco y responsable del homicidio del joven Víctor Balza, tras una persecución en Villa Itatí, en noviembre de 2003. Fue detenido de manera efectiva hace cinco años, tras ser condenado en 2015 luego de años en que duró el proceso judicial.
Vale remarcar que el recurso ya había sido rechazado el año pasado por la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Quilmes. El patrocinante de Nora Torres, madre del joven, a cargo de Santiago Gabriel Bongiovani, hará nuevamente las presentaciones correspondientes, ya que consideran que no hay planteos novedosos en la argumentación y que ya fueron evaluados en su momento.

Nora continúa denunciando la violencia policial, en especial en la zona del denominado Triángulo de Bernal. En diálogo con Data Judicial, se refirió a las peticiones judiciales de la defensa de González: “espero que cumpla lo que tenga que cumplir, soy consciente que cuando ocurra va a salir para poder estar con sus seres queridos, pero yo a mi hijo no lo tengo más”, dijo.
El caso y el accionar judicial
El 8 de noviembre de 2003 oficiales de la Segunda Comisaría de Bernal se enfrentaron, a bordo de dos móviles, con un grupo de personas por un supuesto robo. Luego de perseguirlo, arrestaron a Balza, de 18 años, y tras recibir un disparo por la espalda, y a cuarenta centímetros de distancia, fue trasladado a la citada comisaría y al día siguiente falleció en el Hospital de Wilde.
La versión policial alegó intentos de fuga y portación de armas, pero las pericias y varios testimonios confirmaron que González disparó el tiro que provocaría la muerte, tras no recibir atención médica durante un día y medio. Las personas a cargo de revisarlo, que no detectaron la lesión, fueron imputadas, pero resultaron sobreseídas por la Cámara de Apelaciones de Quilmes.
En 2005 llegó al primer juicio buscando que sea abreviado. En 2009 fue juzgado por el Tribunal Oral N° 1 de Quilmes, pero se anuló por una recusación por parcialidad. Al año siguiente, el TOC N° 4 lo condenó a once años de prisión por homicidio simple. Sin embargo, en 2012 la Cámara de Casación Penal revocó la sentencia por considerarla “incongruente” y con “falta de fundamentación”, y ordenó una nueva.
Así en 2015 el TOC N° 5 le otorgó una pena de doce años por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, pero dictaminó que no vaya a prisión hasta que el fallo quedara firme. Fue detenido más de seis años después, tras la denegación de la apelación ante la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, que también rechazó su excarcelación extraordinaria.
En junio de 2025 le concedieron arresto domiciliario; pero tras la apelación y luego de movilizaciones a tribunales, los camaristas de la Sala I de Garantías y Apelaciones de Quilmes revocaron el beneficio por no despejar el riesgo de fuga ante una condena aún no firme.
