En un fallo contundente y unánime, un jurado popular resolvió declarar “No Culpable” a Oscar Luciano Sánchez, quien llegó a juicio acusado de intentar asesinar a un vecino durante una disputa familiar en Quilmes Oeste. Tras apenas media hora de deliberación, los doce ciudadanos encargados de juzgar el hecho desestimaron la acusación que pesaba sobre el imputado. El proceso, que se desarrolló en el ámbito del Tribunal Oral Nº 3 de Quilmes, estuvo bajo la dirección técnica del juez Alejandro Portunato.
El hecho y la acusación
El caso que se ventiló en el debate ocurrió el 17 de septiembre de 2024, en las inmediaciones de las calles Jorge Newbery y Juan Cruz Varela. Según la hipótesis que sostuvo el fiscal de juicio, Andrés Nieva Woodgate, Sánchez habría intentado quitarle la vida a otro hombre utilizando un arma de fuego en medio de una gresca entre dos grupos familiares.

La calificación legal por la que se lo juzgó fue “homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa”, un delito que prevé penas de prisión efectiva.
El argumento de la defensa: “Miren la película completa”
La defensa técnica de Sánchez, ejercida por el abogado particular Amilcar Chiodo, centró su estrategia en demostrar que la acusación se basaba en fragmentos aislados y testimonios contradictorios. Durante su alegato de clausura, Chiodo utilizó una metáfora que caló hondo en los jurados:
“No miren la foto, sino toda la película”, enfatizó el letrado, haciendo referencia a que los hechos del 17 de septiembre debían entenderse dentro de un contexto de conflicto vecinal prolongado y señalando las inconsistencias en los relatos de los testigos de cargo que desfilaron por la sala durante la semana.
Un veredicto unánime
La jornada final comenzó con las instrucciones del juez Portunato hacia los 12 jurados titulares (y los 6 suplentes), quienes debían evaluar si la prueba presentada por la fiscalía era suficiente para quebrar la presunción de inocencia de Sánchez.
Tras retirarse a deliberar, el cuerpo de ciudadanos alcanzó la unanimidad en poco más de 30 minutos, comunicando al tribunal el veredicto de “No Culpable”. Al tratarse de una resolución de un jurado popular, el fallo de inocencia es definitivo y no puede ser apelado por la fiscalía.
