En sintonía con los plazos procesales previstos, el Tribunal Oral N° 2 de Quilmes dictó la sentencia definitiva y fijó la pena para el hombre que había sido hallado culpable por un jurado popular de haber abusado sexualmente de su propia nieta. El juez técnico a cargo de dirigir el debate, el doctor Rodrigo Bagini, impuso al condenado una sanción de 9 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento.
Por tratarse de un grave delito de índole intrafamiliar donde la víctima es una menor de edad, el Poder Judicial mantiene bajo estricta reserva la identidad del imputado —quien fue juzgado bajo las iniciales R.M.— con el absoluto propósito de resguardar los derechos, la privacidad y la integridad psicofísica de la niña.

La resolución del magistrado frente a los pedidos de las partes
El monto de la pena impuesto por el juez Bagini se conoció luego de analizar los requerimientos expuestos por los litigantes durante la correspondiente audiencia de cesura, ubicándose en un punto intermedio entre las pretensiones de la acusación y de la defensa:
- El requerimiento de la Fiscalía: El fiscal de juicio, doctor Sebastián Videla, había solicitado formalmente una condena de 12 años de cárcel. El representante del Ministerio Público Fiscal fundamentó su pedido ponderando la extensión del daño causado en la salud emocional de la víctima y la violación del vínculo de confianza y asimetría familiar que el agresor ejercía cuando la pequeña quedaba a su exclusivo cuidado.
- El planteo de la Defensa: Por su parte, los defensores técnicos del acusado, los doctores Nicolás Proz y Gustavo Palma, habían rechazado la escala punitiva de la fiscalía. Los letrados requirieron que se le aplicara a su asistido el mínimo legal estipulado para la calificación legal del abuso sexual agravado, equivalente a 8 años de prisión.
