El Juez de Garantías N° 4 de Berazategui, Francisco Arturo Martínez Garmendia, resolvió denegar la excarcelación extraordinaria y la morigeración de la prisión preventiva solicitada a favor del exsacerdote Franco Lutens. A pesar de haber dictado un sobreseimiento parcial por prescripción en relación dos de los tres hechos denunciados, el magistrado dispuso que el imputado continúe bajo arresto efectivo.
La defensa técnica del imputado había solicitado la liberación de Lutens o, de manera subsidiaria, una medida morigerada (como el arresto domiciliario). Sin embargo, el juez resolvió:
- Rechazo de la excarcelación extraordinaria: El magistrado no hizo lugar al pedido formulado inicialmente por Julia Massaro en enero de 2026.
- Negativa a la morigeración: También se desestimó la insistencia de los actuales defensores, Sessarego Bustos y Becerra, quienes el 9 de marzo de 2026 habían solicitado flexibilizar las condiciones de detención.
- Fundamento legal: La decisión se basó en la aplicación de los artículos que permiten la libertad durante el proceso, considerando que persisten riesgos procesales que exigen el encierro preventivo.

Contexto: Sobreseimiento Parcial por Prescripción
Es fundamental destacar que esta denegatoria se produce en paralelo a una resolución compleja sobre la vigencia de la acción penal:
- Hechos Prescriptos: El juez declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de dos hechos denunciados en contra del exsacerdote de la Diócesis de Quilmes.
- Criterio Judicial: El magistrado argumentó que, dado que los delitos ocurrieron entre 1998 y 2012, no resultan aplicables de forma retroactiva las leyes posteriores (Leyes 26.705 y 27.206) que extendieron los plazos de prescripción en casos de abuso sexual infantil.
- Permanencia en prisión: El hecho de que se mantenga la prisión preventiva sugiere que existen otros tramos de la imputación (uno de los cargos por los que se lo acusa) que aún conservan vigencia y revisten la gravedad suficiente para justificar la medida coercitiva más severa.
Estado de la Causa
| Medida Solicitada | Resolución |
|---|---|
| Excarcelación Extraordinaria | DENEGADA |
| Morigeración (Arresto Domiciliario) | DENEGADA |
| Sobreseimiento por Hechos II y III | CONCEDIDO (por prescripción) +3 |
| Situación actual del imputado | Prisión Preventiva Efectiva |
Los hechos y Juicio por la Verdad
Sigue adelante una denuncia en contra de Lütens; además el juez Martínez Garmendia habilitó a pesar de la prescripción de los dos hechos que se “habilite un juicio por la verdad”. Las acciones surgieron a partir de las presentaciones de la abogada particular, Fernanda Raia, que asiste a las personas que acusan al religioso.
Un juicio por la verdad sobre hechos prescritos es un proceso judicial que busca establecer judicialmente qué sucedió, quiénes fueron las víctimas y responsables de un delito, sin imponer una pena penal ni condena, debido a que el tiempo para juzgarlo legalmente ha caducado (prescripción). “Debido a que el paso del tiempo que impide imponer una pena no impide buscar la verdad de los hechos y determinar si el imputado es culpable o no del delito que se investigan”; precisa la jurisprudencia.
