En un giro inesperado durante el desarrollo del debate oral el Tribunal Oral N° 1 de Quilmes dictó veredicto absolutorio para Juan Carlos Cañete, un changarín de 26 años que llegó al banquillo de los acusados imputado por el homicidio de Héctor Ibañez, ocurrido en el Villa Itatí en el año 2017.
La resolución del tribunal se dio luego de que el Ministerio Público Fiscal resolviera de manera oficial desistir de la acusación. Esto ocurrió al quedar acreditado ante los jueces que el imputado no actuó con fines criminales, sino en legítima defensa para repeler un ataque inminente por parte del fallecido, uno de los testigos puntualizó que Ibañez encabezó un ataque con dos armas blancas y que el ahora absuelto debió disparar en defensa de su integridad.
La causa penal había llegado a la instancia de debate luego de una extensa y compleja investigación. De acuerdo con el requerimiento de elevación a juicio la hipótesis acusatoria inicial sostenía que el hecho se había registrado el 26 de junio de 2017 a las 00:20 horas en la intersección de las calles Ayacucho y Pilcomayo, en el interior de la mencionada villa de emergencia de Bernal.

Según los hechos supuestamente había Cañete interceptado a Ibañez sobre el muro de una escalera pública y efectuarle un disparo en la zona del abdomen que le provocó la muerte poco después en el Hospital de Wilde debido a una hemorragia masiva.
Sin embargo, la hipótesis original de un ataque unilateral motivado por un encono previo se desmoronó por completo al ventilarse las pruebas y las declaraciones en la sala de audiencias del TOC N° 1. Durante el juicio oral, la defensa técnica logró probar que las circunstancias del suceso fueron de carácter defensivo. Al momento del hecho, Cañete se vio forzado a repeler una agresión ilegítima e inminente ejercida por Ibañez, que se le abalanzó con dos cuchillas. Ante la contundencia de los nuevos elementos testimoniales y periciales expuestos en el debate, la propia fiscalía de juicio a cargo de la doctora María de los Angeles Attarian Mena dictaminó que se encontraban reunidos los requisitos legales que prevé el Código Penal para la causa de justificación de legítima defensa, lo que obligó a retirar los cargos criminales y motivó la inmediata absolución dictada por los magistrados.
